La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por 146 votos a favor y 2 abstenciones, y despachó a ley, el proyecto que permite postular al cargo de concejal a los ciudadanos que cuenten con certificado de Cuarto Medio para fines laborales.
La validación de estudios para fines laborales es una excepción dentro de la normativa del ministerio de Educación y tiene como propósito apoyar a las personas que se encuentran en situaciones que les exigen tener un certificado de estudios.
Se pueden inscribir las personas mayores de 18 que requieran certificar 8º Básico o 4º Medio para fines laborales. En este último caso, los postulantes rinden examenes de equivalencia en lengua castellana y comunicación, matemáticas, ciencias naturales y estudios sociales.
El objetivo de la moción parlamentaria, informada por el diputado Celso Morales (UDI), es fomentar la participación y el acceso al cargo de concejal por parte de personas que, por haberse dedicado a trabajar desde muy jóvenes, no aprobaron la enseñanza media formal o su equivalente, estableciéndose que la circunstancia de poseer el certificado de Cuarto Medio laboral las habilita para postular al referido cargo.
El requisito de haber aprobado la enseñanza media o su equivalente comenzará a regir para las próximas elecciones municipales y hasta ahora no existía claridad sobre la situación en que se encuentran quienes cuentan con certificado de validación de estudios para fines laborales.
REQUISITOS PARA SER CONCEJAL
La ley orgánica constitucional de municipalidades contempla en su artículo 73 los siguientes requisitos para ser candidato a concejal:
-Ser ciudadano con derecho a sufragio.
-Haber aprobado la enseñanza media formal o su equivalente, considerándose también como estudios equivalentes, los acreditados mediante certificado de cuarto medio laboral.
-Tener residencia en la región a que pertenezca la respectiva comuna o agrupación de comunas, a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección.
-Tener su situación militar al día.
-No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece la ley, ni tener dependencia a sustancias o drogas.